Trámites para adoptar a un niño dentro y fuera de España

Trámites para adoptar a un niño dentro y fuera de España

Las leyes que regulan el sistema de adopción en España se centran en que el menor se  sienta plenamente integrado a su nuevo núcleo familiar y también, el derecho que tienen el adoptado a conocer su origen y su pasado familiar si lo desea. Además, España destaca como uno de los países pioneros en cuanto a normativas y legislaciones para la adopción de niños; el código civil de España estable quienes son las personas que podrán optar a una adopción cumpliendo ciertos requisitos.

  • Parejas heterosexuales casadas o con unión estable, que cumplan los requisitos establecidos.
  • Parejas homosexuales que estén casadas y que también cumplan con los requisitos pertinentes.
  • Personas naturales que se encuentren solteras podrán adoptar, ya que, está permitida la adopción monoparental.

REQUISITOS 

  • Mayor a 25 años de edad.
  • Si es un matrimonio el que adopta, al menos uno de los integrantes deberá ser mayor a 25 años de edad.
  • La diferencia de edad entre los que soliciten la adopción y el adoptado, deberá ser superior a los 16 años de edad. 
  • La diferencia de edad entre los adoptantes y el niño no podrá sobrepasar los 45 años de edad.
  • Ser una persona sana psicológicamente, sin antecedentes de enfermedad mental u otro problema psicológico que pueda afectar el bienestar y el desarrollo del niño.
  • Mantener una situación económica estable, la/s persona/s tendrá/n que comprobar que cuentas con los recursos para poder mantener al futuro hijo adoptado.
  • Contar con una vivienda que reúna las condiciones para albergar sanamente al niño, garantizando un ambiente agradable para su buen desarrollo.
  • Si los aspirantes a adopción son un matrimonio o una unión estable de hecho deberán contar con 2 años como mínimo conviviendo sanamente. También, ambos integrantes tendrán que manifestar sus deseos de adopción y que cuentan con las condiciones necesarias para ello.
  • Presentar la solicitud ante el registro de adopciones, el cual se encargará de evaluar su caso, para saber si cuenta con todos los requisitos previstos.

Importante: Estos requisitos son universales en España, aunque está permitido que cada comunidad autónoma, ponga sus propios requisitos y los amplié.

DOCUMENTOS ADICIONALES

  • La solicitud de adopción debidamente cumplida.
  • Certificado de asistencia a las sesiones informativas de adopción.
  • Partidas de nacimiento de los solicitantes de la adopción.
  • Actas de matrimonio o de unión estable, de los solicitantes, en donde se verificará si tienen más de 2 años juntos.
  • Copia del libro de familia o certificación de convivencia.
  • Fotografía tipo carnet de los adoptantes.
  • Copia del documento nacional de identidad (DNI) de los adoptantes.
  • Copia de la declaración de Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los solicitantes de la adopción.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado médico.

Trámites para adopción Internacional

Es el proceso que se realiza para adoptar a un niño extranjero y también se solicitará la adopción en el servicio de Protección de Menores. Dicho proceso comienza desde España y culmina en el país de origen del menor, teniendo en cuanta las legislaciones de ambas naciones. La administración justificará si es posible o no la adopción en el país elegido, visto que,  si el país se encuentra en una situación de desastre natural u otro problema, probablemente no sea posible desarrollar el trámite. El país de origen deberá dictar una resolución, normalmente de carácter judicial, afirmando la adopción.

Cuando se afirme la adopción, deberán dirigirse al Consulado español (en el país de origen del niño) para solicitar la inscripción en el Registro Civil Consular. También puede solicitarse que se expidan visados de reagrupación familiar, que habilitan para vivir en España por un período superior a 90 días. El consulado  deberá probar que se cumplen los requisitos necesarios para la adopción.

El objetivo de estas organizaciones es brindarle una familia amorosa que cuente con las condiciones para adoptar a un niño en condición de abandono familiar. También, brinda asesoramiento a todas las familias que deseen darle abrigo a un niño mediante la adopción.

REQUISITOS 

Los requisitos solicitados para proceder a una adopción en cualquier país extranjero son los mismos que en la adopción nacional, y todos ellos, están regulados por el artículo 175 del Código Civil.

  • Ser mayor de 25 años. En el caso de que la solicitud sea de una pareja, al menos uno de ellos debe ser mayor de 25 años.
  • El adoptante no puede tener una diferencia de edad con el adoptado de menos de 16 años, ni mayor a 45 años. En los casos de adopción de pareja, al menos uno de ellos debe cumplir ese requisito.
  • Contar con la patria potestad de un hijo.
  • Haber conseguido el certificado de idoneidad.

Importante: La adopción internacional es compleja y dependerá de la legislación del país de origen del adoptado. En algunos países, para proceder a una adopción es necesario que los adoptantes estén casados.

DOCUMENTOS

  • Certificado de nacimiento y DNI.
  • Certificado de matrimonio o de convivencia de hecho.
  • Certificado vigente de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia.
  • Certificado médico.
  • Certificado de habilitación en el Régimen de la Seguridad Social o Regímenes Especiales.
  • Datos de renta de la Agencia Tributaria.
  • CERTIFICADO de idoneidad 

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