nacionalidad española residencia

Esto es lo que tienes que hacer para tramitar la nacionalidad española por residencia

Y sí, llevar 10 años en España de forma regular es uno de los requisitos que te pedirá el Ministerio de Justicia si decides hacerlo

Si estás leyendo esto seguramente llegaste a España en algún momento del año en que casi se acaba el mundo según los mayas: 2012. Y de acuerdo con la legislación española vigente, es el periodo en que ya deberías tramitar el cambio de tu nacionalidad para gozar de los beneficios y obligaciones que todos los nacidos en “la madre patria”.

La obtención de la nacionalidad española es un proceso que puede tardar entre uno y tres años, así que cuanto antes lo inicies será mejor. Además deberás tomar en cuenta que hay un retraso en las miles de solicitudes que le llegan al Ministerio de Justicia cada año por la crisis detonada por la Covid-19.

Lo bueno es que no tienes que ir a las oficinas de manera presencial y puedes ingresar tu solicitud en línea.

Y también ten en cuenta que deberás hacer examen de conocimientos generales y que el proceso completo te costará alrededor de 200 euros.

¿Qué documentos necesito para solicitar la nacionalidad española por residencia?

Primero lo primero, deberás acreditar tu residencia continuamente regular (recuerda que ninguna persona es ilegal) en el territorio español por un periodo definido de tiempo. En este caso, deben ser 10 años en modo permanente.

Tip: La residencia permanente puedes obtenerla después de cinco años de residencia temporal en España.

Y sí, hay gente que tiene un camino más expedito:

  • Un año:
    • El que haya nacido en territorio español.
    • El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
    • El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
    • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

  • Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Cinco años para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.

Ahora sí, vamos con los documentos.

Necesitarás tu tarjeta de identidad de extranjero. Así como tu Pasaporte vigente, certificado de nacimiento, antecedentes penales certificados de tu país de origen y también el español, acta de matrimonio (en caso de estar casado), certificado de empadronamiento y el 60% de aprobación del Instituto Cervantes, ya que deberás presentar la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE).

¿Cómo se obtiene el padrón?

El comprobante de domicilio es un trámite que puedes hacer directamente en la administración de tu ayuntamiento. Y lo puedes obtener mediante tu identificación electrónica Clave, adjuntando tu identificación, última factura y la solicitud.

Y lo más importante: el trámite es gratuito.

Prueba CCSE

Esta es una prueba que puedes hacer en cualquier parte del mundo en donde haya una representación del Instituto Cervantes el último jueves del mes.

Es un examen de 45 minutos en los que debes contestar una serie de 25 preguntas sobre Gobierno, legislación y participación ciudadana en España, así como Cultura, historia y sociedad españolas. Está compuesta por cinco tareas con 25 preguntas de selección múltiple y 3 opciones de respuesta cerrada o de verdadero/falso.

Una vez que pagues la cuota de 85 euros, tendrás dos chances para presentar y aprobar con 15 preguntas.

Costos de la solicitud

De acuerdo con la información del Ministerio de Justicia, el costo del trámite es de 104.05 euros, que puedes pagar en transferencia electrónica o en ventanilla bancaria.

Puedes descargar la solicitud aquí. Y nuestra recomendación es que te asesores con un profesional del ministerio de Justicia.

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