1. Prueba del COVID-19
Actualmente no es posible viajar a Estados Unidos si en los 15 días posteriores el individuo ha estado en algún país donde se considera de riesgo covid-19. Además, si este contrae el virus no podría ser bien recibido en el país; de hecho, cualquier persona que quiera ingresar al país deben presentar una prueba con resultado negativo en covid-19 hecha en los últimos 3 días. Hoy en día, en Estados Unidos está en vigor un anuncio presidencial que imposibilita la entrada de extranjeros que hayan estado en cualquiera de los siguientes países en los 14 días previos al viaje
Espacio Schengen
(Austria, Bélgica, Rep. Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Suiza) en los 14 días previos.
La misma restricción afecta a viajeros que hayan estado en China, Irán, Reino Unido, Irlanda o Brasil.
Con excepción de: ser nacional de EEUU, estar en posesión de residencia permanente o “Green card” o de alguno de las situaciones o visados mencionados en dicho anuncio presidencial.
IMPORTANTE: Si el individuo ha pasado la enfermedad, también le servirá tu certificado de recuperación.
2. Visado
Si el individuo va a viajar como turista y va a estar en el país menos de 90 días, no necesita visa. En este caso deberá solicitar el Permiso ESTA.
Solo se les permite entrar a EEUU a aquellos ciudadanos que posean cierto tipo de visados, los cuales pueden ser consultados en esta Declaración de 11 de marzo de 2020. A tenor de los indicado en tal documento, los siguientes tipos de visado están autorizados: IR-4 o IH-4; C-1, D o C-1/D; A-1, A-2, C-2, C-3; E-1; G-1, G-2, G-3, G-4; NATO-1 a NATO-4, o NATO-6.
Sin tener en cuenta las circunstancias excepcionales provocadas por la pandemia, según tu nacionalidad o la duración y el motivo del viaje a Estados Unidos, necesitarás expedir o no un visado determinado.
El Programa de Exención de Visado (VWP). Solicitud del ESTA.
Exonera a ciudadanos de algunos países de entra en los Estados Unidos con visado, siempre que:
- El objeto del viaje sea turismo o negocios.
- La permanencia sea inferior a 90 días. (No es posible prorrogarla ni modificar la condición de turismo o negocios).
- Sea nacional de uno de los 38 países pertenecientes al Programa de Exención de Visado (VWP): Alemania, Andorra, Austria, Australia, Bélgica, Brunei, Chile, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República de Corea, República Checa, San Marino, Singapur, Suecia, Suiza, Taiwán.
- Tener un boleto de ida y vuelta expedido por una aerolínea o crucero comercial que se haya acordado con el Servicio de Nacionalidad e Inmigración y llegue a los Estados Unidos a través de esta compañía.
- Si el objetivo es trabajar o estudiar.
- Si el caso del ciudadano entra dentro de algunas de las categorías definidas por la ley como no admisibles en los Estados Unidos.
- Si es representante de un medio de comunicación y viaja por motivos profesionales (como en el caso de actores, músicos, atletas, artistas, entre otros).
- Si viaja en embarcaciones o aviones privados.
Si el ciudadano cumple con estos requisitos, podrá viajar utilizando el Sistema Electrónico para Autorización de Viaje (ESTA). Una vez completado el formulario y pagadas las tasas, recibirá una confirmación para imprimir y un número de solicitud que conviene guardar de cara a posibles trámites posteriores. El ESTA tiene una vigencia de dos años o hasta que caduque el pasaporte. Si en cambio la solicitud de viaje no está autorizada y quiere continuar con los planes de viaje a Estados Unidos, tendrá que solicitar una entrevista online o telefónica para solicitar un visado.
¿Necesito hacer el ESTA si solo voy a hacer escala en Estados Unidos?
Los extranjeros con pasaporte de un país participante en el Programa de Exención de Visado, sí necesita solicitar el ESTA aunque solo vayan a pasar por Estados Unidos para hacer escala en el aeropuerto.
¿Se puede viajar por tierra a EEUU sin el ESTA?
Los turistas españoles que ingresen en EEUU desde México o Canadá necesitan un pasaporte valido y completar el formulario I-94 que se entrega en el paso fronterizo. Este documento es grapado en el pasaporte y debe entregarse a la salida del país. De igual forma que el ESTA, el formulario I-94 permite estancias en EEUU de hasta 90 días, y para su automatización cuentan los periodos en terceros países. Por ello, las autoridades desarraigan “el cruce de la frontera como una posibilidad para poner el contador de días a cero”.
Visitor Visa B
La Visitor Visa permite a ciertos ciudadanos s de ciertas nacionalidades a viajar a EEUU para vacaciones, negocios, ver a familiares y amigos o recibir tratamiento médico. abe destacar, que las visas de visitante son visas de no inmigrante para personas que esperan ingresar a Estados Unidos temporalmente por negocios (categoría de visa B-1), por turismo (categoría de visa B-2) o para una combinación de ambos propósitos (B-1 / B-2 ).
Ejemplos de actividades que solicitan diferentes categorías de visas y no se pueden realizar con una visa de visitante:
- Estudiar.
- Empleo.
- Actuaciones pagadas o cualquier actuación profesional ante una audiencia de pago.
- Llegada como miembro de la tripulación en un barco o avión.
- Trabajar como prensa extranjera, en radio, cine, periodismo impreso u otros medios de información.
- Residencia permanente en los Estados Unidos.
- Viajes con el propósito principal de dar a luz en los Estados Unidos para obtener la ciudadanía estadounidense para su hijo.
Visado de No Inmigrante
Este tipo de visa permite trabajar y/o viajar a los Estados Unidos durante más de 90 días, con la intención de regresar al país de origen apenas esta visa haya expirado. En caso de no cumplir las condiciones para los viajeros beneficiarios del Programa de Exención de Visado, el ciudadano necesitará solicitar un Visado de No Inmigrante en la Embajada de los Estados Unidos de su país.
Comprende diferentes tipos de visado que varían en función del motivo de tu viaje, tus características personales y otros aspectos, por lo que deberás consultar cuál es el visado que necesitas y que documentos específicos necesitas para tramitarlo.
Visados de Inmigrante o Green Card
Aprueba vivir en Estados Unidos permanentemente, así como trabajar y/o viajar dentro o fuera del país cuantas veces desee la persona. Es posible solicitar una Tarjeta Verde por motivos de empleo, familia, religión o asilo.
3. Pasaporte
Según el tipo de permiso o visado, es importante un pasaporte para viajar a Estados Unidos. En el caso de viajar sin visado, la persona tiene que llevar un pasaporte de lectura mecánica individual, (inclusive menores de edad).
IMPORTANTE: Para el Visado de No Inmigrante, se requiere pasaporte en vigor con al menos dos (2) páginas en blanco.
4. Certificado de prueba PCR negativo
A partir del 26 de enero de 2021, Estados Unidos comenzó a exigir que los viajeros presenten en el aeropuerto un resultado negativo de un PCR realizado 72 horas previas antes de la salida de su vuelo. Es decir, al momento de subir al avión, los viajeros deberán presentar ante las aerolíneas la documentación escrita con el resultado de la prueba de laboratorio (en papel o en formato electrónico), en inglés.
Las autoridades valoran que el viajero pueda proporcionar certificado médico que acredite que se han recuperado de Covid 19.
5. Seguro de viaje
Así como las autoridades estadounidenses como las españolas insisten en la necesidad de contar con un seguro de viaje a Estados Unidos de grandes coberturas.
Aunque Estados Unidos es un país seguro para el viajero, los acontecimientos más relevantes están relacionadas con la asistencia médica por accidente o enfermedad, problemas con el equipaje y percances en los vuelos. Por esa razón, es fundamental contratar un seguro médico y de viaje para ir a Estados Unidos que cubra tales gastos médicos y que ofrezca asistencia telefónica las 24 horas.
En el caso de viajar por turismo, con un seguro de viaje con cobertura COVID-19 el viajero tendrá la cobertura necesaria como:
- Accidente o enfermedad, incluyendo PCR antes de viajar y en destino, asistencia médica y prolongación de estancia por COVID-19.
- Repatriación.
- Daños, robo, pérdida o demora en la entrega del equipaje.
- Gastos por demoras y cancelaciones en el transporte.
- Pérdidas de servicios.
- Cancelación de viaje, también por positivo a covid-19.
- Regreso anticipado por diversas causas.
En el caso de practicar un deporte, con un seguro deportivo dispondrá de una cobertura más amplia en mayores actividades al aire libre tanto en el viaje como durante las prácticas de las mismas.
En el caso de estudiar en Estados Unidos, un seguro para estudiar en el extranjero puede ser un gran apoyo, ya que está planteado como un seguro médico y de viaje al mismo tiempo.
6. Tarjeta de crédito
Se necesita consultar el valor del dólar con relación a la moneda nacional antes de cambiar algo de dinero antes de volar a EE.UU: se tendrá que contar con efectivo para pequeños pagos. En Estados Unidos se puede pagar con tarjeta de crédito en la mayoría de los territorios o locales, no así para sacar en cajeros automáticos, a excepción que la persona asegure que la tarjeta tiene bajas o cero comisiones.
7. Formulario I-94
Desde 2013 la Oficina de Aduanas adquiere de manera electrónica los datos de entrada y salida de los viajeros que entran a Estados Unidos por vía aérea o marítima. Aduanas continúa entregando el formulario I-94 cuando los viajeros entran al país por tierra o solicitan una copia en papel por motivos de estatus migratorio o autorización de empleo.
IMPORTANTE: También se puede solicitar online.
8. Vacunas
No hay obligación alguna en vacunas para entrar a Estados Unidos pero se recomiendan las básicas como la triple vírica, el sarampión, la rubeola, el tétanos, hepatitis A (si vas a viajar a Hawaii), hepatitis B, (si no has tenido la enfermedad antes). ademas, Es conveniente tener actualizado el calendario oficial de vacunaciones, dependiendo de la duración del viaje y de las condiciones. En cuanto a COVID-19, los viajeros deben presenten un documento médico que indique que la persona ha superado el COVID-19 y, por ende, que sean inmunes a la infección. Esto hace pensar que si el viajero ha sido vacunado pueda presentar un test que confirme la presencia de anticuerpos contra el virus.
9. Permiso de conducir
En Estados Unidos las competencias de tráfico y las normas de circulación no son nacionales y cada estado tiene sus propias leyes. En muchos estados sirve el carnet de conducir español, pero se recomienda contar con el Permiso Internacional de Conducir para facilitar cualquier trámite. Este es suficiente para alquilar un coche y moverse con él por Estados Unidos, aunque se sugiere tener un carnet internacional.
10. Registro de viajeros
Este registro del Ministerio de Exteriores y Cooperación facilita el contacto y la localización de los viajeros en el extranjero por parte de las autoridades españolas en caso de emergencia.