ciudadanía americana por matrimonio

¿Cómo obtener la ciudadanía americana por matrimonio? (ESTADOS UNIDOS)

Si estás casada/o con un/a estadounidense tienes la oportunidad de tramitar la ciudadanía americana y cambiar tu estatus ante el consulado y el Departamento de Inmigración y Ciudadanía (USCIS).

Este trámite solo lo puede hacer el cónyuge que es estadounidense, y existen dos maneras de realizarlos:

  • Si es americano/a, pero no reside en Estados Unidos
  • Si es americano/a y reside en Estado Unidos

En caso de que seas americano/a, pero no reside en Estados Unidos, debes presentar la siguiente documentación al Departamento de Inmigración y Ciudadanía (USCIS):

  • Completar el Formulario I-130, el cual debe estar firmado y con la tarifa correspondiente
  • Una copia del acta de matrimonio civil
  • Una copia de todo mandato de divorcio, certificado de defunción, u orden de anulación que evidencia que los matrimonios anteriores celebrados por ti y/o tu cónyuge fueron terminados
  • Fotos tipo pasaporte, del solicitante y tu cónyuge

IMPORTANTE: Puedes verificar las instrucciones del Formulario I-130 para obligaciones de las fotos.

  • Demostración de todo cambio legal de nombre

En caso de que seas americano/a y resides en Estado Unidos, debes presentar la siguiente documentación al Departamento de Inmigración y Ciudadanía (USCIS):

  • Completar el Formulario I-485, el cual debe estar firmado y con la tarifa correspondiente
  • Una copia del acta de matrimonio civil
  • Una copia de todo mandato de divorcio, certificado de defunción, u orden de anulación que evidencia que los matrimonios anteriores celebrados por ti y/o tu cónyuge fueron terminados
  • Fotos tipo pasaporte, del solicitante y tu cónyuge

IMPORTANTE: Puedes verificar las instrucciones del Formulario I-485 para obligaciones de las fotos.

  • Demostración de todo cambio legal de nombre

Los ciudadanos estadounidenses que deseen realizar este trámite deben evidenciar su nacionalidad con:

  • Una copia del pasaporte estadounidense válido
  • Una copia del certificado de nacimiento o naturalización
  • Una copia del certificado de ciudadanía

Para que Estados Unidos compruebe y valide la estancia del cónyuge y afirmar que el matrimonio es de verdad, la pareja tendrá que sujetarse a validación cada 10 años.

El ciudadano permanente deberá evidenciar su estatus con una copia del Formulario I-551, el cual valida la Green Card. Además, deberá mostrar una copia de su pasaporte extranjero y este debe estar sellado.

Es importante resaltar que la ley instituye que si cualquiera de los dos ha estado casados mínimo 2 años cuando se otorga el estatus de residente permanente al cónyuge, éste recibirá una residencia condicional.

No debes permitir que la residencia del cónyuge caduque, para eso deben solicitar que se pueda levantar el estatus condicional en un tiempo de 90 días. En caso de no pasar por esto, la persona puede ser deportada.

¿Se puede trabajar mientras el trámite está en proceso?

Sí, solo debes solicitar una visa K-3 para poder trabajar y permanecer en Estados Unidos.

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