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Cómo cobrar un seguro de Cesantía

Antes de poder cobrar el pago del seguro de Cesantía, hay que conocer los requisitos para este fin. Según lo establecido por la Ley 19.728. para poder obtener este beneficio hay que tener:

  1. Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Para obtener una cuenta el primer requisito es estar cesante y efectuar los términos de relación laboral (Código del Trabajo).

Tener valoraciones pagadas, puede ser bajo contrato indefinido o contrato a plazo fijo.

  • Contrato indefinido: 12 cotizaciones mensuales como mínimo.
  • Contrato a plazo fijo: 6 cotizaciones mensuales como mínimo.

Las valoraciones comienzan desde el último cobro del Seguro hasta el mes que acabó la relación laboral.

Existen casos en el que las valoraciones pueden ser constantes o intermitente, y al mismo tiempo a varios patronos.

  • Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Estar cesante según:

  • Código del trabajo, el cual abarca:
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. 159-4).
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. 159-5).
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art. 159-6).
  • Necesidades de la empresa (Art. 161).
  • Quiebra del empleador (Art. 163 bis).
  • Ley 21.109 de asistentes de la educación:
  • Vencimiento del plazo de contrato (Art. 33 e).
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art. 34).

Tener 12 valoraciones canceladas como mínimo:

Las valoraciones comienzan desde el último cobro del Seguro hasta el mes que acabó la relación laboral, por ende, ellas deben estar autorizadas dentro de los 2 años anteriores al mes que acabó la persona de laborar y las 3 últimas valoraciones deben ser constante y del mismo patrón.

De igual manera, tales valoraciones de pago (sea cual sea) deben estar registradas en la Cuenta Individual de Cesantía.

A su vez, la cuenta debe ser activada por la Bolsa Nacional de Empleo.

¿Qué documentos necesito para cobrar el Seguro de Cesantía?

  • Documento de identidad vigente
  • Finiquito firmado
  1. Documento de identidad

Lo más importe de este documento es que esté en vigencia para poder realizar trámites del seguro. En caso de ser extranjero, también es fundamente tener su documento de identidad en regla (bien sea pasaporte o Número Identificatorio para Cotización (NIC)).

  • Finiquito firmado que certifique la cesantía.

Esta documentación puede ser firmado por cualquier trabajador ante el sindicato o junta directiva encargada. El cual lleva nombre, firma, cargo y una nota que dice “firmó y ratificó ante mí” y debe estar confirmado por un notario público, Inspección del Trabajo, oficial del Registro Civil o el secretario municipal correspondiente.

Teniendo estos requisitos y documentos, usted podrá cobrar el dinero del Seguro.

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